Solo los padres pueden autorizar la salida de hijos del país, y los que estén en el extranjero no podrán delegar a terceror, ni siquiera al otro representante, cualquiera de los atributos de la patria potestad
Todo menor de edad podrá salir del país con la única y exclusiva autorización de sus padres, quienes deberán presentar un permiso ante tribunales de protección, y los poderes de transferencia de guardia y custodia fueron inhabilitados, informó la abogada Desirée Alejandra Vitale de Arias.
Explicó que en la medida, emitida por el Servicio Autónomo de Registros y Notarías el 16 de julio, se detalla que los padres que se encuentren en el extranjero deberán consignar una autorización notariada, legalizada y apostillada ante el consulado o embajada del país en el que estén.
“Solamente entre padres puede darse la autorización (para la salida de los hijos del país), y los que estén en el extranjero no podrán delegar a ningún tercero, incluso al otro representante, cualquiera de los atributos de la patria potestad”, indicó la jurista en entrevista con Unión Radio.
Enfatizó que los padres que tengan que recurrir a los tribunales de protección para emitir la autorización de salida de menores del país, deberán hacerlo con un abogado, puesto que no es un proceso fácil. Para quienes no tengan los recursos económicos, el tribunal deberá asignar un representante ad hoc.
La abogada reiteró que los poderes de los padres que autorizaron a terceros para acompañar a sus hijos a viajar al extranjero ya no son válidos, y que estos deberán recurrir a la los tribunales en materia de protección del niño, niña y adolescente entrarán en receso el 16 de agosto y retomarán actividades el 16 de septiembre.
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